El Ministro de Transporte y Obras Públicas de Uruguay, Luis Alberto Heber designó a Miguel Loinaz Ramos como Presidente de la Corporación Nacional para el Desarrollo (CND) y a Sergio Fernández como Gerente General.
La CND es un organismo estatal dedicado a la promoción y ejecución de políticas de inversión en infraestructura. Actúa en los procesos de formulación, estructuración, gestión y supervisión de proyectos de infraestructura para Uruguay.
Entre algunos de los proyectos que la Corporación Nacional para el Desarrollo, se encuentran varios proyectos de transporte ferroviario. Para la gestión de estos proyectos la CND ha creado dos empresas subsidiarias, la CFU y la SeLF.
CFU Corporación Ferroviaria del Uruguay
La Corporación Ferroviaria del Uruguay (CFU) es el organismo encargado de todos los aspectos técnicos relacionados con la ejecución de obras de infraestructura ferroviaria. La CFU realiza y contrata estudios, proyectos y actividades de construcción, rehabilitación y mantenimiento de la infraestructura ferroviaria. En este momento la CNF gestiona:
- La rehabilitación completa de la infraestructura de vía del tramo comprendido entre Estación Pintado y la frontera con Brasil de la Línea Rivera, con una longitud total de 422 km.
- Rehabilitación de vías y señalamiento ferroviario de la línea Montevideo Minas de 125 Km de extensión.
SeLF Servicios Logísticos Ferroviarios
Servicios Logísticos Ferroviarios es una sociedad anónima cerrada, creada conformada por dos accionistas AFE (Administración de Ferrocarriles del Estado) y CND, con un 51% y 49% respectivamente.
En su página web SelF declara «Atendiendo a la realidad logística del país y al significativo aumento de los requerimientos de transporte, SeLF busca acompañar el dinamismo productivo del país, a partir de la consolidación del nuevo marco institucional orientado a generar ganancias de eficiencia en el sistema logístico y de transporte.
La empresa se dedica a la prestación de servicios de transporte de cargas por vía férrea, incluyendo todos los servicios logísticos asociados y al mantenimiento y rehabilitación del material rodante.»
Corporación Nacional para el Desarrollo
Empresa Publica de Derecho Privado que tiene como cometidos la implementación de políticas de desarrollo de infraestructuras y de desarrollo productivo.
Se dedica a la dirección, planificación, estructuración, diseño, ingeniería, construcción, administración, asesoramiento y desarrollo de proyectos de infraestructura, participación público-privada y fideicomiso.
En su plan estratégico 2020, Corporación Nacional de Desarrollo menciona que su misión consiste en brindar servicios a Ministerios, Intendencias,
Entes y Empresas Públicas, y Sector Privado para la consecución de los objetivos de desarrollo del país mediante la excelencia de gestión con enfoque al ciudadano y responsabilidad social. Su visión es definida como ser un referente nacional e internacional como facilitador para la ejecución de políticas públicas orientadas al desarrollo.
AFE (Administración de Ferrocarriles del Estado)
La AFE es el operador ferroviario incumbente de Uruguay. La Administración de Ferrocarriles del Estado es un servicio comercial descentralizado en forma de Ente Autónomo. Fue fundada el 16 de septiembre de 1952.
Según sus estatutos a AFE le compete:
A) Realizar servicios de transporte de pasajeros, cargas y encomiendas
por vía férrea en todo el territorio de la República.
B) Explotar directamente o por concesionarios los servicios de bar,
restaurante, publicidad, venta de artículos de interés para los viajeros
y otros de carácter complementario o accesorio.
C) Construir, modificar y conservar directamente o por contrato sus
líneas férreas, material rodante y obras de explotación accesorias, así
como adquirir todos los elementos necesarios para el cumplimiento de sus
fines.
D) Contratar, en la medida que lo requiera, la prestación de un servicio
ferroviario determinado, los complementarios de transporte colectivo de
pasajeros, cargas y encomiendas.
En caso de no ser posible o conveniente la contratación podrá, por
resolución fundada y voto unánime de los componentes del Directorio,
realizar directamente el servicio, de acuerdo con las disposiciones
municipales para la materia, previa autorización del Poder Ejecutivo.
E) Suscribir, previa autorización del Poder Ejecutivo, convenios de
interconexión ferroviaria internacional.
F) Retirar y reponer material ferroviario (vías, durmientes, etc.) cuando
lo considere conveniente, manteniendo siempre un trazado para los destinos
previstos para la línea afectada. En estos casos AFE gozará de los
derechos y potestades inherentes a su calidad respecto de esa línea. Esta
medida deberá ser adoptada mediante resolución fundada del Directorio
aprobada por el voto conforme de tres de sus miembros, con autorización
del Poder Ejecutivo, el que dará cuenta de ello a la Asamblea General.
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imagen: Abogacía
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